El Apartheid y su legalización constitucional desde 1948 a 1960: La transición oficial al racismo total y la marginación de la raza negra en Sudáfrica.
Por: DDEYT, Tony Jarry Ferrer Ramos
Desde 1948 con la
posesión del poder gubernamental del partido Nacionalista, se empieza a
legalizar el racismo en Sudáfrica. Sin embargo, la segregación racial venía ya
desde antes de que este partido alcanzara el poder. La tendencia racista se
evidenciaba en una conducta de superioridad racial de las personas blancas
sobre personas negras y demás etnias, de hecho, muchas personas creían que el
Apartheid era solo una forma más rígida de vivir lo que ya se veía desde antes.
Además, se debe mencionar que el Apartheid fue instaurado desde el partido
Nacionalista con base en el miedo a perder los privilegios que tenían las
personas blancas. Por esto mismo es que en 1948 se legaliza el régimen de
segregación, creando así leyes que violaban de forma indudable la Declaración
Universal De Los Derechos Humanos, la Carta de Naciones Unidas y el Acta
Constitutiva de la Unesco. Estas leyes le permitían a la población blanca gozar
de privilegios a costa de las necesidades y carencias que se les imponían a las
personas negras. Conllevando a los nativos o desendientes, a que fuesen a
campos de concentración llamados Bantustans, donde no disponían de servicios
públicos óptimos o por lo menos básicos, expuestos a enfermedades, hacinamiento,
una mala educación o suna educación dogmatizante frente a la situación política
y social del momento histórico del país, entre otras carencias. Con base en lo
anterior, es necesario hacer una observación a las leyes que se instauraron
entre 1948 a 1960 de forma más rigurosa, como lo veremos a continuación.
Es necesario
resaltar la existencia e importancia de tres leyes particulares que
fundamentaban el Apartheid como un hecho legal. Como primera ley fundamental
tenemos la denominada Lands Act que,
aunque es una ley creada desde 1913, tuvo un rol fundamental en lo que respecta
a la estructuración del Apartheid. Fue una ley creada para despropiar a las
personas nativas de sus tierras o edificios, haciéndoles vivir en territorios
que representaban el 7% de la superficie de Sudáfrica, aun cuando la población
nativa era mucho más numerosa que la población blanca. Esta última tenía el
privilegio de habitar en el 93% del país. Adicionalmente también decretaba que
ningún nativo tenía derecho a comercializar su tierra, es decir, a vender, alquilar,
o a comprar la tierra de otros nativos o de personas blancas. Esta ley fue
creada con el propósito de asegurarle a la población blanca, una superioridad
comercial y de trabajo que derivaba en una mayor calidad de vida, puesto que
antes de esta ley los blancos tenían que competir en el mercado de la agricultura
con personas no blancas. Hay que resaltar la gran oposición de los líderes, en
su mayoría negros, hacia esta ley, cuando apenas era un proyecto, mediante
columnas de periódicos donde manifestaban su desacuerdo. Al ver que el proyecto
de ley se encontraba camino a ser aprobado, decidieron, en conjunto con el
Congreso Nacional Africano recurrir a la Corona Real de Inglaterra, sin
embargo, el gobierno británico no intervino y la ley fue admitida. Posteriormente,
con la aprobación, se empezaron a presentar manifestaciones de carácter
pacífico.
Como segunda ley
fundamental del régimen del Apartheid, tenemos la population registration act, de 1950, que buscaba la clasificación
en grupos raciales de la población en Sudáfrica. Esta clasificación constaba de
tres categorías, que eran, Blancos, Bantúes o Negros y Coloureds (Tazón Cerrano, s.f,P. 47). Posteriormente, se añadió la categoría de indios (que también
hacía referencia a los pakistaníes). Esta clasificación racial se llevaba a
cabo por medio de las oficinas de Clasificación racial (Office for race classification). Para que una persona fuera clasificada
como “blanco” debía tener una apariencia física con rasgos obvios y además
debía ser socialmente aceptado como blanco. Cabe resaltar que la aceptación
social era fundamental, puesto que de lo contrario los rasgos físicos, aunque
fueran demasiados obvios, no eran suficientes para clasificar como blanco,
además se debía asegurar una ascendencia racial puramente Blanca que justificara
dicho estatus. Para las personas clasificadas como Bantúes se tenía en cuenta
su árbol genealógico y por ende su origen, que debía estar relacionado de forma
directa con alguna tribu o raza Originaria de Sudáfrica. Las personas
clasificadas como Coloureds, eran
personas que no se encontraban en la categoría de Blancos ni Bantúes, sino más
bien era una categoría para mestizos. Para la clasificación racial se
practicaban tests (sobre todo a personas que reclamaban ser blancas) en cuanto
a la conducta, hábitos, la educación y el comportamiento (etiquetas de glamour).
Y en tercer lugar,
se tiene la ley Groups areas act de
1950, que buscaba la separación por
regiones de las razas en Sudáfrica. Estas separaciones regionales se podían clasificar
de dos tipos, en Bantustans y en Homlands. El termino Bantustans se empezó a
utilizar desde 1940 para referirse a los primeros territorios en los que se
encontraban grupos tribales, dichos grupos entendidos como cabildos étnicos de
solo negros o Bantúes. Consecuentemente, en los segundos se debe aclarar que
son una transición de los ya mencionados Bantustans, que encontramos desde 1977,
donde se encuentra una variedad de personas provenientes de razas no blancas, y
que eran segregadas de igual manera por el Régimen del Apartheid. Además, los
Homlands eran percibidos por el gobierno sudafricano como países con una cierta
autonomía legal y política, aunque fuese solo una excusa para desconocer los
derechos sociales, políticos y económicos de la gente que vivía en estos
“países”. Por otro lado, la población tanto blanca como negra era segregada, y
se prohibía cualquier tipo de contacto de carácter bilateral entre razas, por
lo tanto, existía una separación desde el transporte público a los espacios
recreativos y turísticos. Además, se limitaba el acceso de la población negra
(y otras razas no blancas) a empleos que incluyeran bajo riesgo de accidentes,
y alta remuneración.
Siguiendo las
ideas del anterior párrafo, donde se hablaba de las leyes de segregación,
continuaremos con las leyes que más indignaron a la población negra. Estas son
las pass laws, o leyes de pases de
1952, llamadas Abolition of Passes and
Co-ordination of Documents. Aunque ya tenía antecedentes legislativos desde
1760, no era respetada. Durante el régimen político del Apartheid se le dio una
importancia vital a la portación de documentos o pases legales, que debían ser
presentados durante la estadía en las ciudades. En las situaciones en que
personas negras provenientes de Bantustans no portaban o presentaban dicha
documentación, era considerado un delito, en consecuencia, eran deportados a
sus países de residencia o eran encarcelados durante treinta a noventa días, si
no pagaban una multa. De igual manera para las personas negras que aspiraban a
empleos en las urbes, tenían que proceder a presentar sus pases, esto les daba
una cantidad de tiempo limitada mientras esperaban la respuesta a su solicitud.
Aunque había ciertas excepciones que encontramos en la sección décima de la consolidation act, donde se reconocían
los derechos de residencia en las ciudades, a personas que hayan permanecido
trabajando durante un periodo de 10 años, con el mismo contrato de trabajo y
con el mismo empresario, sin recibir condenas penales. Estos derechos de
residencia también se extendían a las personas dependientes económicamente del
trabajador.
Mientras tanto,
el Apartheid seguía siendo instaurado en todos los sectores de la sociedad,
desde la educación, la política, la salud y los servicios públicos. Empezando
por la educación, donde podemos apreciar, que se empieza a instaurar la
segregación educativa de forma legal a partir del año 1953, con la Bantú education act, que creó el Black education departament, consolidando
de esta manera la educación segregada por razas. Aunque desde 1935 encontramos
ya una separación de la educación blanca, que estaba encomendada al Comité
Consultivo Interprovincial. Este sistema buscaba oprimir a la población negra,
ya que buscaba darle un uso político a la educación, por medio del currículo, y
también buscaba darle una justificación de superioridad a los blancos, desde un
adoctrinamiento de inferioridad hacia los negros. Como creador del sistema de
segregación, el Doctor Hendrik Verwoerd, clasificó este sistema como inhumano,
sin embargo, declaró estar a favor de dejar en claro, por medio de la educación
que, una igualdad entre personas negras y la comunidad europea era imposible.
Con la creación de los Black education departament
se les asignó a las comunidades de los Bantustans, financiar la educación
del sector Bantú, por lo tanto, la tendencia del gobierno era disminuir el
presupuesto de la educación de la población nativa, teniendo como supuesto la
autosuficiencia de las comunidades Bantú, algo que no era viable, por ello
optaron en subir los impuestos a estas comunidades. No obstante, fue una
estrategia con pocos resultados, debido a la gran carencia económica de los
habitantes de los Bantustans. En últimas instancias, solo quedó la opción de
bajar la calidad de la educación negra de forma muy drástica.
El régimen
político del Apartheid estaba dirigido por un sistema parlamentario de solo
blancos, ya que se eliminó la participación de personas negras en el
parlamento, con la creación de la Promotion
of Bantú self-Government Act creada en 1959 (Tazón, s,f, P. 74). De esta forma se creó un parlamento segregado
donde se excluyó a la población negra de la participación política real,
dándoles en cambio una participación local en los Bantustans en los cuales
habitaban, ya desde 1948 se limitaba la participación negra, estableciendo como
requisito el previo registro de los votantes de color, demarcado el dominio de
la minoría blanca sobre el Estado. Para poder participar de forma política
dentro de los Bantustans solo se tenía en cuenta su etnia (negra). Pero estos
gobiernos elegidos dentro de la “independencia política de la etnia negra”, en
realidad eran gobiernos títeres del mandato sudafricano. También desde 1950 se
generó una persecución política y un aislamiento social con la creación de la Supression of Comunism Act, que buscaba
ilegalizar cualquier expresión de comunismo o posición revolucionaria. Esta
represión social llegó al punto de crear una lista de personas consideradas
como peligrosas, puesto que se consideraban simpatizantes de estos movimientos
ilegales. Las personas incluidas en la lista debían informar de forma minuciosa
y anticipada su localidad actual y futura, además debían abstenerse de leer o
distribuir obras relacionadas al comunismo.
En este orden de
ideas, encontramos la Salud, en la cual observamos la health act de 1919, que buscaba dividir el servicio hospitalario en
Bantustans. En 1942, la comisión Gluckman intentó la manera de reorientar el
sistema de salud para crear una unificación por medio de una red hospitalaria,
que creara un sistema de salud comunitario. Sin embargo, en 1948, esta comisión
fue rechazada con la llegada del partido Nacionalista. Con el Apartheid, la
segregación de la salud se hizo más fuerte y notoria, debido a que afianzo la
privatización de la salud, creando un impedimento económico a las personas no
blancas. Por lo tanto, los Departamentos de Salud que se encontraban en los
Bantustans, empezaron a operar de forma independiente y aislada de otros
Departamento, pero, a la vez, estos eran controlados por el Gobierno. Este
control se hacía con la intención de reducir recursos a los Departamentos de
salud que atendían a las poblaciones de los Bantustans. Al mismo tiempo, se
podía percibir una gran cantidad de problemas sanitarios, puesto que, el nivel
de hacinamiento era muy elevado y había una gran carencia de servicios de
sanidad. Los problemas de salud no solo se enmarcaban en el ámbito físico de
las personas, sino en las cuestiones psicológicas como consecuencia del abuso
por parte de los blancos, lo que conllevó a que los hombres negros quisieran
tener control sobre algo o alguien, por lo que subyugaron a la mujer y la
aislaron solamente a los deberes domésticos y sexuales. También en este sentido,
encontramos el embarazo precoz como consecuencia de las relaciones sexuales en
todas las edades, por lo que tanto niñas, jóvenes y adultas estaban vulnerables
a quedar embarazadas, esto conllevaba a la presencia de muchas madres solteras.
La propagación del VIH es otra consecuencia de la costumbre de realizar actos
sexuales poligámicos y naturalizarlos, como parte de la cultura. Esta libertad
sexual, puso en gran vulnerabilidad de adquirir enfermedades de transmisión
sexual a las mujeres y, sobre todo, de adquirir el Virus del VIH.
Desde una mirada
internacional el Apartheid fue ampliamente rechazado por la comunidad
internacional y, aunque se realizaron múltiples manifestaciones en distintos
países en contra del régimen, fue muy poco lo que hicieron en contra de este,
puesto que se respetaba, desde los organismos internacionales, la soberanía de
Sudáfrica. Este régimen de segregación violaba el derecho internacional con sus
principios racistas, totalmente contraria a la Carta de las naciones unidas y
las normas de los DDHH. Aunque hacían uso del derecho internacional,
aplicándolo en su legislatura solo en temas que correspondían a gente blanca. A
partir de todas las anteriores leyes y circunstancias internacionales, se
dieron múltiples protestas, de las cuales la más resaltable fue la que se dio
en Sharpeville, ya que con esta se dio paso a las manifestaciones de carácter
violento. El 21 de marzo de 1960 el Congreso Panafricano, que fue una
organización extremista del Partido Nacional Africano, que buscaba la expulsión
de la población Blanca y la conformación de una nación exclusivamente Negra, organizó
una protesta en contra de las leyes de pase en Sharpeville. Dicha manifestación
inició de manera pacífica y organizada en frente de una comisión de policía en
el Transvaal, aunque al transcurrir el día la manifestación se fue tornando
violenta según algunos testimonios
Referencias
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